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Píldora formativa - El saneamiento por evicción y por vicios ocultos en la compraventa de bienes inmuebles

Félix López-Dávila Agüeros. Director de Sepín Inmobiliario

Precio: 20 € + IVA
Entre las obligaciones que competen al vendedor una vez transmitido el inmueble está la de saneamiento de la cosa vendida.
Este deber del vendedor tiene una doble vertiente, pues, por un lado, debe mantener al comprador en la posesión legal y pacífica del bien transmitido y, por otro, responde por los vicios o defectos ocultos que pudiera tener.

En el primer supuesto, el comprador tiene a su disposición la acción de sanemiento por evicción, y en el segundo, debe acudir a la acción de saneamiento por vicios ocultos.

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