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El uso de los elementos comunes por la Comunidad

Publicación: Marzo 2022
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Propiedad Horizontal
ISBN: 978-84-1333-960-3
Precio: 20 € + IVA

Referencia: 7034 · Id Edición: 65110

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 3 LPH, en el régimen de propiedad corresponde a cada piso o local:
El derecho singular y exclusivo de propiedad sobre un espacio suficientemente delimitado y susceptible de aprovechamiento independiente y la copropiedad, con los demás dueños de pisos o locales, de los restantes elementos, pertenencias y servicios comunes.

El art. 396 del Código Civil determina la necesidad de que existan elementos comunes, pues sin ellos no habría ninguna Comunidad y serán, precisamente, estos elementos, esta copropiedad, el objeto de este estudio.

¿Qué uso puede darles la Comunidad? ¿Procede el cambio de uso o destino? ¿Qué acuerdo es necesario para la instalación o creación de nuevos servicios? ¿Qué quorum requiere la cesión y el arrendamiento?
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