Servidumbres y restricciones forzosas en el régimen de Propiedad Horizontal en Cataluña
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Propietat Horitzontal Catalunya
ISBN: 978-84-1333-608-4
Referencia: 5926 · Id Edición: 56988
¿En qué supuestos proceden? ¿Qué límites pueden imponerse? Teniendo en cuenta la redacción del apdo. 2 del citado precepto legal, ¿podría obligarse a un local o vivienda a ceder parte de la propiedad para instalar un ascensor y suprimir barreras? ¿Solo se pueden constituir servidumbres sobre los anexos de los elementos de uso privativo? ¿Cuándo se debe indemnizar al propietario?
Veamos en el presente estudio tanto el criterio de la doctrina como el de la jurisprudencia en aquellos casos en los que se ha pronunciado.
Contenidos de esta publicación:
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Coordinadora: M.ª José Polo Portilla
Directora de Sepín Propietat Horitzontal -
Coordinador: Joan Cremades Morant
President de la Secció 13a de l'Audiència Provincial de Barcelona -
Coordinador: Joan Cremades Morant
President de la Secció 13a de l'Audiència Provincial de Barcelona -
Restricciones y servidumbres forzosas. Comentario Artículo 553-39
Ramón Contijoch Pratdesaba
AbogadoLEY 5/2015, de 13 de mayo, de modificación del libro quinto del Código civil de Cataluña, relativo a los derechos reales
Artículo doctrinal
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María José Polo Portilla
Directora Técnica de Sepín Propietat Horitzontal CatalunyaOpinión
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Constitució de servitud en un local privatiu per instal·lar-hi un ascensor
Departamento Jurídico de Sepín Propietat Horitzontal Catalunya
Consulta
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Constitució de servitud mentre el local està arrendat
Departamento Jurídico de Sepín Propietat Horitzontal Catalunya
Consulta
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Instal·lació de l'ascensor i perjudicis per a un propietari
Departamento Jurídico de Sepín Propietat Horitzontal Catalunya
Consulta
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TSJ Cataluña, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 20-2-2012
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La propietaria del inmueble perjudicado no ha dado consentimiento para instalar el ascensor
AP Lleida, Sec. 2.ª, 26-9-2012
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AP Barcelona, Sec. 16.ª, 26-4-2012
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AP Barcelona, Sec. 11.ª, 21-9-2011
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AP Barcelona, Sec. 1.ª, 17-5-2006