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El contrato de reconocimiento de deuda. Consulta, formulario y jusrisprudencia

Publicación: Diciembre 2015
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Obligaciones y Contratos
ISBN:
Precio: 18 € + IVA

Referencia: 3015 · Id Edición: 28518

El reconocimiento de deuda, aun cuando no aparece regulado especialmente, constituye en nuestro derecho un negocio jurídico de fijación en el que, si bien no se produce una total abstracción de la causa se contiene la obligación del deudor de cumplir lo reconocido salvo que se oponga eficazmente al cumplimiento alegando y probando que la obligación a que se refiere es inexistente, nula, anulable o ineficaz por cualquier causa, lo que implica la inversión de la carga de la prueba.
Así, lo ha entendido la jurisprudencia del Tribunal Supremo al establecer que el reconocimiento contiene la voluntad negocial de asumir y fijar la relación obligatoria preexistente, le anuda el efecto material de obligar al cumplimiento por razón de la obligación cuya deuda ha sido reconocida, y el efecto procesal de la dispensa de la prueba de la relación jurídica obligacional preexistente.
Por ello, analizamos el concepto, efectos y forma del documento para que su validez sea reconocida.
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