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El interés superior del menor en la atribución del uso de la vivienda

Publicación: Junio 2017
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Familia y Sucesiones
ISBN: 978-84-1332-819-5
Precio: 19 € + IVA

Referencia: 3859 · Id Edición: 38889

El interés superior del menor es, sin duda, el criterio determinante y prioritario para solicitar y adoptar cualquier medida que afecta a los menores de edad, y el Tribunal Supremo marca de forma clara la línea que se debe seguir en materia de atribución del uso de la vivienda. ¿Cabe limitar temporalmente este uso? Esta es la cuestión más conflictiva. Según la doctrina que fija el Supremo, no, mientras los menores sigan siéndolo, pues se trata de una regla taxativa del art. 96.1 CC. Sin embargo, no puede impedirse de forma genérica la posibilidad de fijar una limitación temporal, de manera que el interés superior del menor habrá de concretarse caso por caso y podría justificar que se adoptaran otras soluciones para realizar dicha atribución del uso. ¿Cuáles son los criterios básicos? ¿Qué soluciones da la jurisprudencia en los casos de propiedad de terceros, segundas viviendas, cambios en la atribución del uso, división de la cosa común o pago de la hipoteca? En todos estos supuestos recogidos en el presente estudio, deberá también respetarse este criterio rector.
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Contenidos de esta publicación:

  • Criterios básicos

  • Limitación

    • Procede

    • No procede

  • Propiedad de terceros

  • Segunda vivienda

  • Cambio

  • Se deja sin efecto

  • División

  • Pago de la hipoteca