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La pensión compensatoria hoy día: requisitos y temporalidad

Publicación: Abril 2021
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Familia y Sucesiones
ISBN: 978-84-1333-761-6
Esta Ley tiene por objeto, en primer lugar, adecuar nuestro actual ordenamiento jurídico a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, SP/LEG/27401, que precisamente obliga a los Estados Parte a adoptar las medidas pertinentes para proporcionar a las personas con discapacidad el acceso al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Modifica el actual sistema en el que predomina la sustitución en la toma de las decisiones que afectan a la persona con discapacidad, por otro, basado en el respeto a su voluntad y a sus preferencias, de modo que, como regla general, será ella misma la encargada de tomar sus propias decisiones.

Afecta fundamentalmente e introduce modificaciones muy relevantes en el Código Civil, la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil y Ley 15/2015, de la Jurisdicción Voluntaria, pero también se ven afectadas otras normas: Ley Hipotecaria, Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad, Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, Código de Comercio y Código Penal.

No se trata de una mera adecuación terminológica y estética, sino que incluye importantes cuestiones:

1- El elemento fundamental sobre el que pivota la nueva regulación es el del apoyo a la persona que lo precise, apoyo que podrá englobar todo tipo de actuaciones.
2- Da preferencia a las medidas voluntarias: poderes, mandatos preventivos y autocuratela.
3- Se refuerza la figura de la guarda de hecho.
4- Se regula de manera detallada la curatela, como la principal medida de apoyo de origen judicial.
5- Elimina la tutela, la patria potestad prorrogada y la patria potestad rehabilitada, así como la prodigalidad.
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