El voto del ausente y la abstención en los acuerdos comunitarios
Autor: Departamento Jurídico Sepín Propiedad Horizontal
ISBN: 978-84-1333-262-8
Referencia: 5197 · Id Edición: 49794
¿En qué supuestos será necesario esperar esta contestación? ¿Cómo se debe notificar el acta? ¿Qué conducto será válido para que el comunero conteste?
La casuística es tal que es importante tener en cuenta todos los casos, y ver la respuesta dada por la jurisprudencia, como podrán comprobar en este estudio, pues está claro que a un propietario que no asiste se le tiene por ausente, pero ¿cómo se considera al que llega tarde a la Junta o al que se ausenta antes de la adopción del acuerdo?
Completamos este trabajo con el cómputo de las abstenciones, esto es, de aquellos que están presentes, pero no se pronuncian ni a favor ni en contra.
Contenidos de esta publicación:
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Presentación
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Ausentes
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Consideración de propietario ausente
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Propietario al que se ha convocado, pero no asiste a la Junta
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Propietario que llega tarde a la Junta
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Se le tiene por ausente
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No se le tiene por ausente
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Propietario o representante que se ausenta de la Junta antes de la adopción del acuerdo
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Se le tiene por ausente
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Se le tiene por presente
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Propietario representado
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Forma
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Es necesario el consentimiento escrito
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No es necesario el consentimiento escrito
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Aceptación tácita de la Comunidad
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Se entiende de forma tácita (de padres a hijos)
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No es necesario el DNI del representante
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Es válida hacerla verbalmente
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Realizada por correo electrónico
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Con poder general
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Límite temporal
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Vinculación del voto
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Defectos en la representación
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Usufructuario
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Cómputo en las votaciones de los ausentes
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Acuerdos de mayoría
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Acuerdos de mayoría cualificada
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El silencio de los ausentes se suma al acuerdo adoptado en Junta. Se ratifica o deja sin efecto
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El acuerdo ha de salir de la Junta
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El acuerdo se puede aprobar con el voto de los ausentes
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Acuerdos de un tercio
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Excepción del art. 17.8. LPH. No computan los ausentes
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Mejoras
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Otros supuestos
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Acuerdos de unanimidad
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Propietarios privados del derecho de voto
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Empate en la votación en Junta
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Cómputo de los propietarios que no contestan
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Reflejo en el acta
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Notificación del acta
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Forma de realizarla
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No es necesaria la fehaciencia
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Burofax
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Buzón
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Es válida
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No es válida
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Correo certificado
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Correo ordinario
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Debajo de la puerta
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Oficina del administrador
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Telegrama
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Tablón de anuncios
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Domicilio designado
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Domicilio del inmueble
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Persona a la que se realiza
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Acreditación
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Voto a favor del ausente que no contesta
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Contestación del propietario ausente
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Forma
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Prueba
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Consecuencias de la falta de constestación
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Vinculación de los acuerdos
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Legitimación para impugnar
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Acuerdos de mayoría simple
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Legitimación en todo caso
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Cuando el propietario ha estado representado
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Acuerdos de mayoría cualificada y unanimidad
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Deben haber manifestado su discrepancia en el plazo de 30 días desde la notificación
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Plazo
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Plazo para instar juicio de equidad
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Abstenciones
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Computan a favor de la mayoría, sin sumar para conseguir los quorum
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No han de ser tenidos en cuenta
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No están legitimados para impugnar
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