La fachada en las Comunidades de propietarios
Autor: Departamento Jurídico de Sepin Propiedad Horizontal
ISBN: 978-84-1332-091-5
Referencia: 1891 · Id Edición: 8180
Por este motivo, al tratarse, repetimos de un elemento común, para cualquier alteración se requiere el acuerdo unánime de la Comunidad, aplicando a estos efectos lo dispuesto en los reformados arts. 12 y 17.1.ª LPH, en la actualidad, ahora tras la reforma de la LPH, este quorum es de las tres quintas partes de la totalidad de cuotas y propietarios, a tenor de lo dispuesto en el art. 10.3.b) LPH. No obstante, y siendo ésta la regla general, nos podemos encontrar con distintos supuestos, en los que faltando el preceptivo acuerdo comunitario, se vienen admitiendo este tipo de obras, ejemplos, que son recogidos en este cuaderno, por la numerosa jurisprudencia existente sobre esta materia.
Se debe tener en cuenta que, tras la citada reforma de la LPH por la Ley 8/2013, con entrada en vigor el 28 de junio, se han visto afectados algunos conceptos de este estudio de jurisprudencia:
- Además, de lo ya dispuesto en relación al quorum por obras en elementos comunes.
- Se fijan determinadas obras como de necesario cumplimiento para la Comunidad, como señala el art. 10.
- En relación con las mejoras, el quorum para este tipo de obras o instalaciones se ha incrementado; antes era de mayoría y ahora de tres quintas partes de la totalidad de cuotas y propietarios. (art.17.4 )
Contenidos de esta publicación:
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Calificación
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Obras
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Mantenimiento
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Gastos
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Responsabilidad por daños
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Vicios de la construcción. Concepto ruina