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Faltas de injurias y vejaciones injustas cometidas en redes sociales, antes de la reforma del C. P.

Publicación: Diciembre 2014
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Nuevas Tecnologías
ISBN:
Precio: 19 € + IVA

Referencia: 2279 · Id Edición: 21813

El uso de las redes sociales se ha generalizado en España en los últimos años y ya cuentan con millones de usuarios en nuestro país.

En este nuevo medio, como sucede en los tradicionales, se cometen múltiples ilícitos penales. En la presente recopilación jurisprudencial hemos decidido centrarnos en los que discuten si un usuario ha cometido o no una falta de injurias o de vejaciones injustas, de conformidad con el art. 620.2.º CP, como consecuencia de un uso indebido de las redes sociales, como pueden ser, a modo de ejemplo, unos comentarios vejatorios hacia una persona, la publicación de un vídeo o la creación de un grupo en Tuenti.

En el presente estudio de Jurisprudencia se recoge una serie de supuestos prácticos, con la finalidad de conocer desde un punto de vista práctico los criterios que están adoptando los órganos judiciales cuando se encuentran ante este tipo de supuestos de hecho.
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Contenidos de esta publicación:

  • Presentación

  • Falta de Injurias

  • Falta de vejaciones injustas