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Dispensa de la obligación de declarar en violencia de género

Publicación: Enero 2016
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Violencia Doméstica y de Género
ISBN: 978-84-1332-512-5
Precio: 18 € + IVA

Referencia: 2994 · Id Edición: 29462

La figura de la dispensa de la obligación de declarar se regula en el art. 416 LECrim, en cuyo apartado primero exime de la obligación de declarar contra el procesado a los familiares del mismo en línea directa ascendente o descendente, así como cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil. Se fundamenta en la voluntad del legislador de no someter al testigo familiar al conflicto moral entre su deber como ciudadano de comunicar los hechos delictivos para su persecución y de testimoniar verazmente sobre ellos, y su deber personal de lealtad y afecto hacia personas ligadas a él por vínculos familiares.

Analizamos la actualidad de dicha figura desde el prisma doctrinal y jurisprudencial y cómo afecta esta dispensa a las víctimas de violencia de género sobre la prueba de los hechos en el proceso.
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