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La ejecución de los gastos extraordinarios

Publicación: Octubre 2016
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Familia y Sucesiones
ISBN: 978-84-1332-645-0
Precio: 18 € + IVA

Referencia: 3308 · Id Edición: 34182

Los gastos extraordinarios son probablemente una de las mayores fuentes de conflicto tras la ruptura de los progenitores y, por prudencia, y si las circunstancias lo permiten, se aconseja recabar la conformidad, a priori, para evitar el incidente del art. 776.4. Su imprevisibilidad y la necesidad del gasto son criterios determinantes.

Especialmente conflictivas son las cuestiones sobre la necesidad o no comunicación previa, conocimiento y consentimiento del gasto. La jurisprudencia insiste en que no requieren acuerdo, sino "comunicación suficiente" y señala que no toda la falta de consentimiento o conocimiento determina la invalidez del gasto y la imposibilidad de reclamarlo.

Hay supuestos en los que son de sobra conocidos por el otro, de modo que se despachará ejecución. También es relevante saber si han sido o no consensuados y si se ha llegado a algún acuerdo en cuanto a su determinación y pago. Entre las causas de oposición hemos destacado la compensación ya que, al tener estos gastos la misma consideración que la pensión alimenticia, no será admisible.
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