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¿Cuáles son los efectos de la omisión del traslado de copias?

Publicación: Octubre 2017
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Proceso Civil
ISBN: 978-84-1332-893-5
Precio: 18 € + IVA

Referencia: 4136 · Id Edición: 41647

El artículo 276 LEC impone la obligación del traslado de copias y el art. 277 determina las consecuencias de su omisión: la inadmisión.

¿Ahora bien, es subsanable tal omisón? La Sala Primera del TS señala que la omisión es un defecto insubsanable que tiene como consecuencia la inadmisión del escrito porque la subsanación a que se refiere con carácter general el art. 231 LEC viene referida a los actos defectuosos, pero no a los omitidos.

Igualmente señala que no procede la aplicación la excepción prevista en el nº 4 del artículo 276 LEC, que alude a la demanda o escrito que pueda originar la primera comparecencia en juicio, ya que el recurso de casación se entiende incluido dentro del proceso iniciado con la demanda incidental de acción de reintegración presentada en su día por la administración concursal, habiéndose producido ya dicha primera comparecencia en juicio.
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