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La servidumbre de distancias y obras intermedias para ciertas construcciones y plantaciones

Publicación: Mayo 2015
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Inmobiliario
ISBN: 978-84-1332-401-2
Precio: 19 € + IVA

Referencia: 2273 · Id Edición: 11313

Las distancias y obras intermedias para ciertas construcciones y plantaciones se trata de una servidumbre legal, por la que se establece la prohibición de edificar o realizar determinadas plantaciones en finca propia por poder afectar al dueño de la finca colindante.

Así, se establece que no podrán construirse cerca de una pared ajena o medianera, entre otros, pozos, cloacas o chimeneas, si no se guardan las distancias prescritas por los reglamentos y usos del lugar, y a falta de reglamentos, deberán tomarse las precauciones que se estimen necesarias.

En cuanto a las plantaciones, se establece la prohibición si no se cumplen las distancias autorizadas por las ordenanzas o la costumbre del lugar, y en su defecto, el Código Civil, establece, que si estamos ante árboles altos, se deberá guardar una distancia de dos metros, y si se trata, de árboles bajos o arbustos, la distancia será de cincuenta centímetros.
Publicación incluida con los siguientes servicios de suscripción:

Contenidos de esta publicación:

  • Presentación

  • Distancia legal

  • Derecho del dueño

  • Setos medianeros

  • Adquisición de servidumbre por usucapión

  • Prescripción de la acción negatoria de servidumbre