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El contrato de reconocimiento de deuda

Publicación: Junio 2011
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Obligaciones y Contratos
ISBN: 978-84-1332-145-5
Precio: 19 € + IVA

Referencia: 2211 · Id Edición: 15114

El reconocimiento de deuda puede definirse como un negocio jurídico unilateral por el que su autor reconoce la existencia de una deuda previamente constituida. A su vez, se le atribuye una abstracción procesal, que dispensa de probar la obligación cuya deuda se ha reconocido.
Se trata de un contrato que no tiene una regulación expresa en el Código Civil, pese a estar amparado por la jurisprudencia en virtud del principio de autonomía privada.
Corresponde a quién reconoció la deuda acreditar la inexistencia de la obligación.
Contiene, pues el reconocimiento de deuda, la voluntad negocial de asumir y fijar la relación obligatoria preexistente, se le aplica la presunción de la existencia de causa del art. 1.277 C.C y el autor, queda obligado a cumplir la obligación cuya deuda ha reconocido.
En el presente trabajo analizamos su concepto, efectos, carácter vinculante, sin olvidarnos de la forma del documento.
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Contenidos de esta publicación:

  • Concepto

  • Efectos

  • Carácter vinculante

  • Forma del documento