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Las obligaciones del Presidente en las Comunidades de propietarios

Publicación: Marzo 2015
Autor: Departamento Jurídico de Sepin Propiedad Horizontal
ISBN: 978-84-1332-378-7
Precio: 19 € + IVA

Referencia: 2299 · Id Edición: 5427

La Ley de propiedad horizontal, señala unas obligaciones dimanantes de su cargo; convocar y asistir a junta, firmar las actas, funciones de secretario, informar a los comuneros, incluir en el Orden del día de la siguiente Junta a celebrar las peticiones de los propietarios, realizar los requerimientos a los comuneros.

Obligaciones que generan dudas en caso de incumplimiento y de las que dan respuesta la jurisprudencia, por ejemplo, ¿qué sucede si no asiste a la Junta?, ¿puede nombrar él un representante?, Y si una vez convocada e invalida el nombramiento del Presidente, ¿los acuerdos son válidos?; ¿qué sucede si no se tiene en cuenta las peticiones de los propietarios?, y si no quiere firmar determinados documentos, la firma del acta en la que se nombra este nuevo cargo, ¿ha de ser firmada por el cargo entrante o el saliente? ¿qué sucede en estos casos?, ¿puede paralizar el representante de la Comunidad el funcionamiento de la misma?
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Contenidos de esta publicación:

  • Asistencia a Junta

  • Convocar Junta

  • Ejercicio del cargo

  • Entrega documentación/información

  • Firma de actas. Por el Presidente entrante

  • Firma de actas. No afecta a la validez de los acuerdos

  • Firma de actas. Requisito imprescindible

  • Funciones de secretario

  • Inclusión puntos en el orden del día

  • Requerimientos a los comuneros