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La pena de trabajos en beneficio de la comunidad

Publicación: Junio 2019
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Penal
ISBN: 978-84-1333-294-9
La pena de trabajos en beneficio de la comunidad está regulada en el art. 49 del Código Penal y, tal como establece este precepto, no puede imponerse sin el consentimiento del penado y le obliga a prestar su cooperación no retribuida en determinadas actividades de utilidad pública, relacionadas o no con delitos de igual naturaleza que el cometido, en labores de reparación de los daños causados o de apoyo o asistencia a las víctimas o de reeducación, laborales, culturales, etc.

¿Cuándo puede establecerse esta pena? ¿En qué casos opera como sustitución a otras penas? ¿Qué ocurre en supuesto de incumplimiento?
Estas y otras cuestiones podrá resolverlas fácilmente en esta guía temática a través de la opinión de nuestros expertos, las consultas resueltas por nuestro departamento jurídico y las resoluciones de los Juzgados y Tribunales más recientes sobre la materia.
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