La certificación de deudas en régimen de propiedad horizontal
Autor: Departamento Jurídico de Sepin Propiedad Horizontal
ISBN: 978-84-1332-551-4
Referencia: 3249 · Id Edición: 30471
Dicha certificación deberá entregarla la Comunidad, y debe estar firmada por el secretario y con el visto bueno del Presidente, en el plazo de siete días desde que se solicite.
Pero la LPH no aclara determinas dudas de interés tanto para el secretario que tiene que expedirlo como para la Comunidad.
¿Es suficiente que consten las deudas existentes en el momento de la venta? ¿Es necesario manifestar aquellas derramas ya aprobadas y que se pasarán al cobro después de la transmisión?
¿Existe responsabilidad por no hacerla en el plazo marcado legalmente? ¿Qué sucede si el contenido no es correcto? Plazo para realizarla y responsabilidad ¿Qué consecuencias tiene la renuncia? y en cualquier caso, ¿Qué puede exigir la Comunidad al comprador?.
Hemos seleccionado la doctrina, sentencias y consultas publicadas en Sepín, dónde podrán encontrar la respuesta a estas dudas.
Contenidos de esta publicación:
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Respuesta a las dudas sobre el certificado de deudas
Departamento Jurídico de SEPIN
Preguntas y Respuestas
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Contenido
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Supuestos
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Plazo
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Consecuencias de la aportación de certificado sin deudas por error
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Consecuencias de no presentar la certificación
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Renuncia a la presentación