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El embargo de bienes en el ámbito de familia

Publicación: Octubre 2020
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Familia y Sucesiones
ISBN: 978-84-1333-633-6
El embargo de bienes en el ámbito de familia puede derivar de las deudas de los cónyuges o del impago de las pensiones alimenticia y compensatoria.

En el primero de los casos, tanto si el matrimonio se rige por el régimen de gananciales como por el de separación de bienes, el embargo podría alcanzar a los bienes gananciales si el cónyuge deudor no tuviera bienes privativos suficientes.

En los supuestos de impago de las pensiones el art. 607 LEC declara la inembargabilidad del salario o prestación similar que no exceda la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional, y el art. 608 LEC fija como excepción que se trate de ejecución de sentencia que condene al pago de alimentos.

A través de esta Guía Temática se ofrecen soluciones a los supuestos más frecuentes a través de artículos doctrinales, encuestas jurídicas, consultas y jurisprudencia actualizada.
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