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Competencia territorial en los procesos sobre la capacidad de las personas

Publicación: Noviembre 2017
Autor: Departamento Jurídico de Sepín Proceso Civil
ISBN: 978-84-1332-932-1
Precio: 18 € + IVA

Referencia: 3104 · Id Edición: 5737

La aparente simplicidad del art. 756 LEC que atribuye la competencia territorial en los procesos sobre capacidad y prodigalidad al Juzgado de la residencia del presunto incapaz suscita muchas dudas.

En primer lugar, la fijación de lo que se entiende por residencia respecto de presos, personas en residencias de tercera edad, psiquiátricos y otros supuestos.

En segundo lugar, los frecuentes cambios de residencia no sólo durante la tramitación del pleito inicial sino en posteriores procesos para la modificación de la incapacitación previamente declarada o la fijación de la competencia en procedimientos relativos al control o gestión de la tutela.

Finalmente, el internamiento posee reglas especiales y la Ley 15/2015 de jurisdicción voluntaria también contempla normas competenciales a tener en cuenta.

Los pronunciamientos de la Sala Primera del Tribunal Supremo ponen de manifiesto la evolución sobre la cuestión buscando la proximidad con el incapaz para su mejor protección.
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