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SP/DOCT/74346

Artículo Monográfico. Octubre 2017

Empresas y empresarios

Fernando Sicre Gilabert. Doctor en Economía y Doctor en Derecho. Inspector de Trabajo y Seguridad Social
1. El empresario ante la crisis y el eufemismo innecesario para sustituir su denominación: el emprendedor
¿Empresario o emprendedor? Sin duda, empresario. Empresario es la persona que ejercita una empresa. Una empresa es un especial modo de desarrollar una actividad económica. Empresario y empresa son conceptos correlativos, no pudiendo existir el uno sin el otro. A lo largo del tiempo, los conceptos, siendo distintos parecen haberse fusionados, en cuanto que en el lenguaje ordinario se utilizan indistintamente. La justificación de ello se encuentra en el hecho, de que el empresario personaliza a su empresa. Pero, es el empresario para el Derecho español, el que asume las consecuencias jurídicas del tráfico jurídico. Tan es así, que el empresario se convierte en figura central sobre la que se desenvuelven el resto de instituciones jurídico-mercantiles. El término empresario, no penetra decisivamente en el ordenamiento positivo español, hasta la publicación del Reglamento del Registro Mercantil en 1956, en el que es empleado en múltiples ocasiones, como sinónimo del concepto hasta entonces imperante en el Derecho mercantil, el de comerciante.
Empresa y empresario son, pues, los conceptos de referencia no solo en la doctrina económica, sino también en el ordenamiento jurídico español. El Derecho tomó de la ciencia económica el concepto de empresa y lo definió como la organización de los factores de la producción, capital y trabajo, con una finalidad de lucro. El fin perseguido por la actividad desarrollada por el empresario, se caracteriza por la producción de bienes o el cambio d

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