CARGANDO...

Familia y Sucesiones

SP/DOCT/81804

Opinión. Abril 2019

4 claves para entender la función del Coordinador de Parentalidad

Gema Murciano Álvarez Redacción Jurídica de Sepín Familia y Sucesiones. Analista y gestora de conflictos. Abogada
Gestión Documental
Introducción
La figura del Coordinador de parentalidad surge en los Estados Unidos entre los años ochenta y noventa Nota , cuando se plantea el problema creciente de un gran número de separaciones y divorcios que conllevan un riesgo elevado para los niños. Susan Boyne y Anne Marie Termini fueron las pioneras en desarrollar esta figura y quienes, tras su experiencia, crearon el primer manual de entrenamiento para futuros coordinadores de parentalidad en 2003. Una ADR (Alternative Dispute Resolution) centrada en los niños.
En Europa, esta figura se ha ido implantando desde principio de siglo en países como Alemania, Inglaterra, Italia o Francia.
No obstante, en España, tendremos que esperar hasta julio de 2013 cuando en la sentencia de la AP Barcelona, de 26 de julio, con referencia SP/SENT/739036, de la mano del Magistrado Pascual Ortuño, se inicie un interesante camino para la ayuda de las familias, designando por primera vez a un Coordinador de parentalidad con el objetivo de planificar con ambos progenitores, y con especial atención a los dos hijos, la normalización del sistema de custodia establecido.
Desde ese momento, se han ido sucediendo las sentencias que recurren
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos