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SP/DGT/72170

Consulta DGT V1355-20, de 12 de mayo de 2020. Vinculante

Pregunta, en el caso de que se produzca la fusión, si el derecho que tiene la filial absorbida de aplicar la exención en el año 2020 por inicio de actividad se hereda o traspasa a la entidad consultante como absorbente de esta.

SG de Tributos Locales
Gestión Documental
Normativa
TRLRHL RD Leg. 2/2004. Artículo 82.1.b).
Descripción
La consultante es una entidad cuyo objeto social es la promoción, operación y explotación de instalaciones de producción de energía renovable, fundamentalmente, energía eólica y solar.
En el año 2018 la entidad consultante adquirió a un tercero el 100% de una compañía titular de derechos y autorizaciones administrativas para la construcción de un parque eólico.
En 2019 finalizó dicha construcción y se inició el funcionamiento del parque eólico desarrollado a través de una filial de la consultante.
La filial no había desarrollado hasta ese momento la actividad de generación de energía eléctrica, por lo que le resulta de aplicación, tanto en el año 2019 como en el 2020, la exención por inicio de actividad prevista en el artículo 82.1.b) del TRLRHL.
En el año 2020, antes de la finalización del periodo de dos años previsto en la exención, la consultante se está planteando fusionar la citada filial, al amparo del régimen especial de neutralidad fiscal previsto en la normativa del Impuesto sobre Sociedades.
Cuestión
Pregunta, en el caso de que se produzca la fusión, si el derecho que tiene la filial absorbida de aplicar la exención en el año 2020 por inicio de actividad se hereda o traspasa a la entidad consultante como absorbente de esta.
Contestación
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) se regula en los artículos 78 a 91 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
El artículo 78 del TRLRHL, en su apartado 1, dispone que "El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio, en territorio nacional, de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificadas en las Tarifas del impuesto.".
En el artículo 79.1 del TRLRHL se establece que "Se considera que una actividad se ejerce con carácter empresarial, profesional o artístico, cuando suponga la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.".
El artículo 82.1.b) del TRLRHL regula la exención por inicio de actividad, estableciendo que están exentos del impuesto:
"Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, durante los dos primeros períodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle aquella.
A estos efectos, no se considerará que se ha producido el inicio del ejercicio de una actividad cuando esta se h