CARGANDO...

AP A Coruña, Sec. 4.ª, 105/2020, de 20 de marzo. Recurso 165/2018

Ponente: MARIA DEL CARMEN ANTONIA VILARIÑO LOPEZ
SP/SENT/1056678
Gestión Documental
 La entrega gratuita de un inmueble de la sociedad a un tercero causó un daño importante, por haber permitido la salida de un bien sin contraprestación alguna, procediendo estimar la acción social de responsabilidad
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada de fecha 4 de septiembre de 2017, dictada por el Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de A Coruña, cuya parte dispositiva, dice como sigue:
"- FALLO: 1.- ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda formulada por Benjamín, representado por el Procurador José Antonio Castro Bugallo; frente a Carla, representado por la Procuradora Isabel Castiñeiras Fandiño-
2.- CONDENAR a Carla a que abone a la sociedad Mahia Inmobiliaria, S.L. la cantidad de CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL EUROS (148.000 Euros).
3.- CONDENAR a Carla a que abone a la sociedad Mahia Inmobiliaria, S.L. la cantidad que resulte de aplicar a la cantidad fijada con anterioridad el interés legal desde la interpelación judicial.
Además, se devengará el interés moratorio de la suma adeudada global incrementada en dos puntos desde la fecha de esta resolución si deviniera firme, como intereses procesales regulados en el art. 576 LEC.
4.- ABSOLVER a Carla del resto de pedimentos deducidos en su contra.
5.- Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad respecto de Carla.
6.-DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por Benjamín, representado por el Procurador José Antonio Castro Bugallo; frente a Consuelo, representada por