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AP Barcelona, Sec. 15.ª, 1019/2020, de 3 de junio. Recurso 1871/2019

Ponente: MANUEL DIAZ MUYOR
SP/SENT/1061750
Gestión Documental
 Dado que los actores conocieron y participaron en los hechos en los que basan su acción social de responsabilidad, se entiende que no se ha realizado un ejercicio legítimo de la misma y por tanto se desestima
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: FALLO: " Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por Carlota contra Ezequiel y Blanca a quienes condeno conjunta y solidariamente a restituir al patrimonio social la cantidad de 1.142.933'35 euros, más el interés legal del art. 576 LEC , con expresa condena en costas a la parte demandada".
SEGUNDO. Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada. Admitido el recurso se dio traslado a la contraparte, que presentó escrito impugnándolo, solicitando la confirmación de la sentencia recurrida, tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial, que señaló votación y fallo para el día 30 de enero de 2020.
Ponente: magistrado Manuel Díaz Muyor.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. Partes y acciones que se ejercitan en este procedimiento.
1. Carlota ejercita en este procedimiento una acción social de responsabilidad, prevista en el art. 236 y s.s. de la LSC, frente a quienes formaron parte del consejo de administración de la sociedad 321IMPAS, S.L., Sr. Ezequiel y Blanca, por haber causado a esta sociedad un perjuicio en la cuantía de 1.311.740'57 euros, consecuencia de las operaciones inmobiliarias realizadas y que seguidamente se exponen con mayor detalle.
2. La sociedad 321IMPAS, S.L. se constituyó el día 28 de diciembre de 1994, y sus socios son la actora, Sra. Carlota, con una participación en el capital social del 46'92%, la Sra. Blanca, con un 19'13%, y Ezequiel con una participación del 34'56% restante. Todos ellos aportaron en su momento, a la sociedad 321IMPAS, S.L. una serie de fincas, sitas en la partida " DIRECCION000", de San Quirze del Vallés, fincas que posteriormente se vieron afectadas por un plan parcial urbanístico, que concluyó con la atribución a la sociedad, de una cuota indivisa parte del 40'02 % de la finca inscrita en el Registro de la Propiedad 6 de Sabadell, nº NUM000. Esta finca estaba libre de cargas y gravámenes.
3. La administración de la sociedad ha venido siendo objeto de varios cambios. Inicialmente tuvo una administración única, ejercida por la actora Sra. Carlota, desde 6 de marzo de 1996 hasta su cese, en junta de soc