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AP Baleares, Sec. 2.ª, 160/2019, de 3 de abril. Recurso 54/2019

Ponente: JUAN DE DIOS JIMENEZ VIDAL
SP/SENT/1104655
Gestión Documental
 Que el recurrente publicara en redes sociales que su ex pareja vivía en una casa de acogida con sus hijos y el contexto de insultos constituye un delito de revelación de secretos, pues además instaba al público a que le facilitaran nuevos datos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Ilmo. Sr. Magistrado, titular del Juzgado de lo Penal nº siete de Palma, dictó sentencia el 15.1.2019 por la que condenó a Mariano como autor de un delito de revelación de secretos y contra la intimidad, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo y 12 meses multa con una cuota diaria de 5 €;, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y pago de las costas.
SEGUNDO.- Notificada esta sentencia a las partes, se interpuso por la representación procesal de Mariano recurso de apelación. El Ministerio Fiscal impugnó el recurso solicitando la confirmación de la sentencia.
TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, expresando el parecer de la Sala como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don JUAN JIMÉNEZ VIDAL.
Devuelto el conocimiento pleno de lo actuado a esta Sala, procede declarar y declaramos como hechos probados, que se aceptan, los recogidos en la sentencia recurrida:
"Se declara probado que el acusado Mariano (nacido el año 1972 y sin antecedentes penales), en fecha no determinada, durante los primeros meses del año 2017 publicó en la red social Facebook un documento firmado por una coordinadora de los Punts de Trobada Famili