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TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 17/2021, de 25 de enero. Recurso 226/2020

Ponente: ANTONIO FERRER GUTIERREZ
SP/SENT/1120445
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 Inexistencia de la solicitud y del auto acordando librar el mandamiento a los diferentes operadores; pese a lo anómalo e inconveniente una nulidad no debe venir precedida solo de errores formales, sino también materiales, que no se acreditan
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 Las declaraciones del menor-víctima de los abusos sexuales es verosímil aunque presente ciertas contradicciones; contactó y concertó diversos encuentros sexuales con adultos a través de una página de contactos en la que estipulaba que tenía 13 años
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 Tomando en consideración la ausencia de estrés en el menor y los diversos encuentros sexuales que tuvo con otros adultos, no es posible imputar en la totalidad el daño moral creado en la figura del acusado
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia recurrida, declara probados los hechos siguientes:
"El acusado Gregorio, mayor de edad y sin antecedentes penales, habiendo tenido conocimiento a finales del mes de noviembre de 2016 y a través de la página web DIRECCION001, del anuncio que en la misma había puesto el menor, como nacido el NUM000 de 2004, Mateo, por medio del cual, además de dejar constancia de que tenía 13 años de edad y era de DIRECCION000, anunciaba su interés en tener sexo o lo que surgiese con hombres no mayores de 25 años, respondió al mismo, para lo que se sirvió de tres cuentas diferentes de correo, en concreto DIRECCION002, DIRECCION003 y DIRECCION004, a través de las cuales y haciéndose pasar por tres personas distintas, le mandaba mensajes de contenido sexual proponiéndole quedar para llevar a cabo felaciones y que mandase fotos de sus respectivos genitales.En fecha no concretada pero ubicada entre finales de noviembre y primeros de diciembre, quedaron para verse en DIRECCION000, lo que se produjo en un descampado existente en las inmediaciones de la carretera N-340, a su paso por dicha localidad y a la altura de un establecimiento conocido como Hotel DIRECCION005, en el curso de cuyo encuentro llevaron a cabo tocamientos mutuos, habiendo llegado a realizarle el acusado una felación al menor.Como consecuencia de tales hechos, se ha producido una grave interferencia en el desarrollo psicosexual del menor, lo que puede distorsionar gravemente el concepto que éste tiene d