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TS, Sala Primera, de lo Civil, 108/2015, de 11 de marzo. Recurso 1020/2013

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN
SP/SENT/806913
Gestión Documental
 Desestimada indemnización de daños por actos lesivos del art 172.2, para condena a déficit patrimonial, propia del 172.3, imposible al existir Convenio, presupuesto esencial ineludible es liquidación o reapertura de calificación al incumplir Convenio
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ANTECEDENTES DE HECHO
Tramitación en primera instancia
1. El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Vitoria, en la Sección 1ª del concurso, dictó Auto de fecha 23 de julio de 2007 , declarando en concurso voluntario al Deportivo Alavés S.A.D. y, designando administración concursal. Con fecha 4 de marzo de 2010 se publica en el BOE la aprobación del convenio y el anuncio de la apertura de la Sección Sexta de calificación de concurso de Deportivo Alavés, S.A.D.
2. Con fecha 22 de marzo de 2010, el procurador D. José Ignacio Beltrán Arreche en nombre y representación del acreedor Trackimage Limited, presentó escrito solicitando la calificación del concurso como culpable y que se declarara como personas afectadas a D. Leopoldo y Dª Rosaura y D. Romualdo .
3. La Diputación Foral de Álava, mediante escrito de 22 de marzo de 2010 se adhiere a la posible calificación de culpable del concurso que propugna la administración concursal.
4. Los tres administradores concursales del Deportivo Alavés S.A.D., con fecha 29 de marzo de 2010, emitieron informe de calificación del concurso, suplicando:
S.A.D.
"1.- Se declare culpable el concurso de la sociedad Deportivo Alavés
2.- Se declaren personas afectadas por tal calificación a D. Leopoldo , Dª Rosaura y D. Romualdo .
3.- Se inhabilite a D. Leopoldo ,