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TS, Sala Primera, de lo Civil, 471/2015, de 11 de septiembre. Recurso 2095/2013

Ponente: SEBASTIAN SASTRE PAPIOL
SP/SENT/823848
Gestión Documental
 Que el administrador creyera de buena fe y por actos propios que la remuneración acordada solo para 2008 quedaba instituida para siempre, aún sin previsión estatutaria, no convalida las percibidas antes ilícitamente
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 Acción social de responsabilidad, acreditado que el administrador, devolvió al agente las cantidades a cuenta, giró facturas de su otra sociedad contra la SL actora, autocontratando e infringiendo lealtad y constituyó depósito, causó daño patrimonial
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ANTECEDENTES DE HECHO
Tramitación en primera instancia
1. La procuradora Dª. Pilar Sanz Yuste, en nombre y representación de Ortnec 06 Promoción y Gestión de Inmuebles, S.L, formuló demanda de juicio ordinario, contra D. Laureano , en la que suplicaba lo siguiente: " [...] dicte en su día sentencia por la que estimando íntegramente la demanda interpuesta y en consecuencia, la acción social de responsabilidad entablada por la sociedad demandante:
1º.- Se condene al demandado a satisfacer a la parte actora la cantidad de trescientos sesenta y nueve mil cuatrocientos noventa y tres euros con setenta y siete céntimos (369.493,77.- euros), importe a que asciende la suma de las distintas reclamaciones cuantificadas económicamente en el cuerpo de este escrito.
2º.- Se declare al demandado responsable del pago de las cantidades que pudieran ser reclamadas contra la sociedad demandante por los avales relacionados en el Hecho Cuarto, apartado A) de esta demanda, cuya cuantía, a la fecha de comunicación de créditos, asciende a la suma de 588.037,40 euros.
3º.- Se condene al demandado al pago de los intereses devengados por las partidas anteriores desde la fecha de las distintas disposiciones realizadas y hasta el completo pago de las mismas.
4º.- Se condene al demandado al pago de las costas procesales."
2. La procuradora Dª. Concepción Campayo Ma