AP Barcelona, Sec. 14.ª, 109/2020, de 30 de junio. Recurso 576/2018
Ponente: ESTEVE HOSTA SOLDEVILA
SP/SENT/1060304
La obra realizada por el comunero es lícita ya que simplemente cambia y mejora la que previamente había realizado el anterior propietario con consentimiento tácito de la comunidad en cuanto a cubrir una caldera y cambiarla en un patio comunitario
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMER.- La part dispositiva de la Sentència apel·lada és del tenor literal següent:
"Debo acordar y acuerdo ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por Jordi Fontquerni Bas, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de C/ DIRECCION000 NUM000 de Barcelona contra Esteban por la que:
Declaro que el patio interior este o patio 1 del edificio de la C/ DIRECCION000 NUM000 de Barcelona es un elemento común de la finca, cuyo uso exclusivo corresponde a la vivienda sita en los bajos del inmueble.
Declaro la ilicitud de las obras realizadas en el citado patio interior consistentes en la construcción de un cerramiento de aluminio y en la colocación en el patio de una caldera estanca y del resto de tuberías de instalaciones ubicadas en dicho patio comunitario.
Condeno a Esteban a estar y pasar por estas declaraciones y a realizar a su costa la demolición del citado cerramiento, así como la retirada de la caldera estanca y de las tuberías de instalaciones y demás elementos añadidos al patio, restituyéndose dicho patio a su estado anterior a las referidas construcciones e instalaciones.
Procede la imposición de las costas del presente procedimiento a la parte demandada."
SEGON.- La part demandada hi va interposar recurs d'apel·lació, al qual, admès a tràmit, la part actora va formular oposici