AP Barcelona, Sec. 13.ª, 682/2020, de 6 de octubre. Recurso 768/2019
Ponente: JUAN LEON LEON REINA
SP/SENT/1073417
El juicio de desahucio por precario abarca cualquier posesión sin pagar renta o merced y sin título, sin que sea necesaria una previa cesión por el dueño o su tolerancia a la posesión
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
La existencia del nuevo proceso para la recuperación de un inmueble ocupado ilegalmente no implica que perjudicado deba acudir obligatoriamente al mismo, pudiendo elegir el procedimiento que considere más adecuado
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. En fecha 24 de julio de 2019 se han recibido los autos de Juicio verbal (Desahucio precario art. 250.1.2) 571/2018 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Terrassa a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a Cristina Pi Castello, en nombre y representación de Fidel contra Sentencia - 01/10/2018 y en el que consta como parte apelada el/la Procurador/a Ignacio De Anzizu Pigem, en nombre y representación de SOCIEDAD DE GESTION DE ACTIVOS PROCEDENTES DE LA REESTRUCTURACION BANCARIA, S.A. (SAREB).
Segundo. El contenido del fallo de la Sentencia contra la que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: " Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Dº VICENÇ RUIZ AMAT, en nombre y representación de la mercantil SOCIEDAD DE GESTION DE ACTIVOS PROCEDENTES DE LA REESTRUCTURACION BANCARIA SA, contra LOS IGNORADOS OCUPANTES DE LA FINCA SITA EN LA CALLE000, NÚMEROS NUM000, ESQUINA A LA CALLE001, NÚMERO NUM001, y en su virtud, condeno a la parte demandada a que desaloje la finca litigiosa, SITA EN TERRASSA, EN LA CALLE000, NÚMEROS NUM000, ESQUINA A LA CALLE001, NÚMERO NUM001, y la deje libre, vacua y expedita a disposición de la parte actora, bajo apercibimiento de lanzamiento en caso de incumplimiento, con expresa imposición de las costas a la parte demandada."
Tercero. El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recurso