DGRN/DGSJFP, de 13 de diciembre de 2012
Ponente: joaquín josé rodríguez hernández
SP/SENT/709119
No acreditado que se ha destinado la vivienda a uso propio, es necesario la contratación del seguro decenal por el autopromotor
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ANTECEDENTES DE HECHO
I
Mediante escritura, autorizada el día 30 de diciembre de 2011, ante el notario de Santiago de Compostela, don Nelson Rodicio Rodicio, la sociedad «Sarela, Dous, S.L.», vende a don LUIS la finca registral número 001 ubicada en el lugar de Sarela, parroquia de Santa María de la Peregrina, y se hace constar la finalización de la obra nueva que se había declarado en construcción sobre la misma.
II
Copia autorizada de dicha escritura se presentó en el Registro de la Propiedad de Santiago de Compostela número 2 el día 2 de agosto de 2012, junto con escrituras de rectificación, otorgadas ante del mismo notario, los días 27 de enero y 6 de julio de 2012, siendo calificadas negativamente con la siguiente nota: «Presentado el documento que precede a las nueve horas y cuarenta y seis minutos del día veintitrés de mayo del año en curso, bajo el asiento número 001 del Diario 001, retirado y vuelto a presentar el día dos de los corrientes, la Registradora que suscribe, teniendo en cuenta sendas escrituras de rectificación otorgadas por el mismo Notario los días veintisiete de enero y seis de julio del año en curso, números de protocolo 001 y 002, respectivamente, procede a su calificación, en base a los siguientes: Hechos: La sociedad "Sarela Dous, S.L.", tiene inscrita la finca registral 001, vivienda unifamiliar en construcción sita en el lugar de Sarela, parroquia de Santa María de la Peregrina, en este municipio d