AP Barcelona, Sec. 1.ª, 523/2014, de 13 de noviembre. Recurso 937/2012
Ponente: ANTONIO RAMON RECIO CORDOVA
SP/SENT/796558
La Comunidad debe pagar las reparaciones de las terrazas consistentes en volver a proceder al asfaltado porque son elemento común, a pesar de tener el uso privativo
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
Cada subcomunidad está legitimada para proceder a reparar la cubierta que le corresponde y adoptar los acuerdos oportunos
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su fallo lo siguiente: "ESTIMO parcialmente la demanda principal interpuesta por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AVENIDA000 NUM000 - NUM001 GARAJE DE BADALONA, contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AVENIDA000 NUM002 - NUM003 DE BADALONA y, en consecuencia, declaro nulo el acuerdo adoptado en el apartado primero de la Junta de la comunidad demandada de 14 de marzo de 2011 por no haberse convocado a dicha Junta a la comunidad actora, desestimando el resto de pretensiones de la demanda, sin imposición de costas.
ESTIMO la demanda reconvencional interpuesta por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AVENIDA000 NUM002 - NUM003 DE BADALONA contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AVENIDA000 NUM000 - NUM001 GARAJE DE BADALONA, y en consecuencia declaro la obligación legal de la Comunidad de Propietarios del garaje de la finca sita en la AVENIDA000 nO.: NUM000 - NUM001 de Badalona, de contribuir, a las obras de rehabilitación de la cubierta de la escalera de la misma finca, AVENIDA000 NUM002 - NUM003 (Escalera DIRECCION000 ), conforme a su coeficiente de propiedad sobre el inmueble, que es del 41 %, con imposición de costas a la demandada reconvencional.
DESESTIMO la demanda acumulada interpuesta por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AVENIDA000 NUM000 - NUM001 GARAJE DE BADALONA contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS AVENIDA000 NUM002 - NUM003 DE BADALONA, y en consecuencia absuelvo a la deman