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SP/DOCT/82785

Artículo Monográfico. Mayo 2019

Artículo 88. Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral

Nuria Reche Tello. Universidad Miguel Hernández de Elche
Gestión Documental
1. Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.
2. Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
3. El empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, elaborará una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática. En particular, se preservará el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas.
Comentario
El uso exponencial de las nuevas tecnologías ha propiciado en los últimos tiempos que la frontera que separa el tiempo de trabajo y la vida personal se difumine, de manera que, por una parte, la flexibilidad que otorgan estas herramientas permiten a los trabajadores una mayor facilidad para conciliar vida personal y laboral pero, al mismo tiempo, en numerosas ocasiones, estos se ven obligados a estar disponibles durante más horas y atender a los requerimientos laborales en todo momento y lugar, lo que puede ocasionar ciertas intromisiones en su intimidad, además de la exposición a nuevos riesgos psicosociales derivados del tecno-estrés o la tecno-adicción. Así se afirma en el informe de la OIT-Eurofound: Working anytime, anywhere: The effects on the world of work Nota , en el que se destaca la necesidad de separar el trabajo de la vida personal, y de abordar la regulación del teletrabajo. El informe Mettling Nota constituyó el p