CARGANDO...

TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 2.ª, 962/2020, de 4 de noviembre. Recurso 430/2020

Ponente: RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
SP/SENT/1078879
Gestión Documental
 La obligación del controlador aéreo de realizar un curso de formación a distancia de 2 horas de duración se califica como tiempo de trabajo efectivo, por lo que no se encuentra afectado el derecho a la desconexión digital
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Legalidad de la orden de la empresa de realizar el curso formativo al tratarse de un curso de 2 horas a realizar en un período de varios meses y a elección del trabajador. No se vulneran las normas sobre descanso mínimo y jornada máxima
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
SEGUNDO: En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:
PRIMERO.- DON Gerardo viene prestando servicios para la entidad ENAIRE, como Controlador de la Circulación Aérea, encontrándose destinado actualmente en el Centro de Control de Tránsito Aéreo de Madrid (LECM), con jornada de trabajo de 5 días de prestación de servicios y tres días de descanso (no controvertido).
SEGUNDO.- El 8 de julio de 2016 se remitió al demandante a su dirección de correo de la entidad demandada, correo electrónico bajo el nombre de asunto: "Convocatoria Curso Factores Humanos Ed 17/07/2016 a 12/10/2016", comunicándose su inscripción en la actividad formativa denominada "Factores Humanos" con una duración de 2 horas. Dicho correo establece que "De acuerdo con el art. 227 del II Convenio Colectivo Profesional de los Controladores de Tránsito, se te notifica la inscripción con 30 dí