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TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 1.ª, 677/2021, de 9 de julio. Recurso 307/2021

Ponente: JUAN MIGUEL TORRES ANDRES
SP/SENT/1116293
Gestión Documental
 ENAIRE: la programación de los cursos on line de obligada realización por parte de controlador aéreo no implica necesariamente tener que interrumpir el tiempo de descanso
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Según consta en los autos, se presentó demanda por la parte actora contra la demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
SEGUNDO: En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:
"PRIMERO. Dª. Flor, con DNI NUM000, cuyas demás circunstancias personales obran en la demanda, presta servicios para ENAIRE con categoría de controladora de tránsito aéreo, con una jornada máxima anual de 1575 horas (folios 19- 23).
SEGUNDO. Desde al menos el año 2014 existen discrepancias entre las partes en relación a la programación de los cursos on line de obligada realización por parte de la demandante. La trabajadora viene solicitando que se incluyan dentro de su programación mensual y la empresa le contesta que la formación no presencial on line es flexible y no está sujeta a cumplimiento en horario concreto (folios 70).
TERCERO. La demandante ha realizado entre los años 2015-2019 dos cursos de formación on line (Fraseología de 3 horas de duración y Factores Humanos de 2 horas de duración (folio