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AP A Coruña, Santiago de Compostela, Sec. 6.ª, 13/2022, de 17 de enero. Recurso 305/2021

Ponente: CESAR GONZALEZ CASTRO
SP/SENT/1136488
Gestión Documental
 Se mantiene el régimen de visitas a favor del no custodio de un fin de semana al mes supeditado a que continúe la rehabilitación de su adicción a las drogas con supervisión de la abuela paterna y a desarrollar en su domicilio
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 La pensión de alimentos con cargo al padre se fija en 250 € mensuales considerando que duplica los moderados ingresos de la madre pero afronta mayor porcentaje de gastos extraordinarios y soporta embargo ejecutivo por impagos previos
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 No es posible pronunciarse sobre la publicación de imágenes del menor en redes sociales en cuanto supone cuestión nueva sin solicitud de complemento de sentencia previo por lo que deberá acudirse a la jurisdicción voluntaria
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Seguido el juicio por sus trámites legales ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de DIRECCION001, por el mismo se dictó sentencia con fecha 31 de mayo de 2021, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando como se estima, parcialmente, la demanda formulada por el Procuradora Sr. Piñeiro Outeiral, actuando en nombre y representación de Dª. Fermina, contra Dº. Pedro Enrique, se acuerda la aprobación de las siguientes medidas paterno- filiales:
1. Ambos progenitores ostentarán la patria potestad respecto del hijo menor de edad que tienen en común, Argimiro.
2. La guarda y custodia del referido hijo menor de edad que tienen en común las partes se atribuye en exclusiva a su madre, Dª. Fermina.
3. Se establece el siguiente régimen de visitas del menor en relación con su padre, Dº. Pedro Enrique:
El segundo fin de semana de cada mes, desde el viernes, a las 18 horas, según el horario español, a las 20 horas del domingo, según el horario español, debiendo desarrollarse las visitas en el domicilio de la abuela paterna, Dª. Magdalena, y bajo su tutela, entendiendo que dicha tutela no impide que el menor y su padre puedan estar unas horas sin el control directo de la abuela paterna. En el supuesto de que durante algún mes haya un día festivo en Portugal un viernes o un lunes, la parte demandada podrá escoger dicho fin de semana como el que le corresponde estar c