CARGANDO...

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 497/2018, de 23 de octubre. Recurso 2408/2017

Ponente: LUCIANO VARELA CASTRO
SP/SENT/978055
Gestión Documental
 El hecho que la denunciada fuese funcionaria y conociese las dolencias de la denunciante para ser tratada en los servicios de salud mental es lo que permite la imputación de los hechos, ya que el mismo afecta a datos personales revelados
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Que la acusada fuese empleada del hospital, demuestra su condición de empleado público, habiendo tenido acceso a las condiciones de salud por la tenencia de códigos y claves para el acceso a las historias clínicas del sistema público
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 La prueba del acceso de la acusada a la historia clínica de la denunciante, y el ulterior comentario sobre la misma y su patología psiquiátrica, confirman la comisión del delito de revelación de secretos
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción nº 3 de Langreo, instruyó Procedimiento Abreviado nº 984/2015, contra Dª Eva María y Dª Angelina, por delitos de descubrimiento y revelación de secretos, y, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Oviedo que en la causa nº 9/2017, dictó sentencia que contiene los siguientes hechos probados:
"Las acusadas Eva María y Angelina, mayores de edad sin antecedentes penales, prestaban sus servicios profesionales, con carácter interino como fisioterapeutas en el Hospital Valle del Nalón y disponiendo en esa condición de acceso, con nombre de usuario y clave personal individualizada, al historial clínico de sus pacientes. Candida era compañera de trabajo de las acusadas, las cuales, sin conocimiento ni autorización de ella, respecto de la que tampoco tenían una relación asistencial, y aprovechándose de su empleo, accedieron, a través de aquellos códigos de usuario y claves personales, a su historial médico, y en concreto, Eva María lo hizo el día 1 de diciembre de 2010 a las 11,28 horas, y Angelina los días 13 de enero de 2011 a las 14,22 horas, el 2 de febrero de 2011 a las 11,53 horas y el 10 de febrero de 2011 a las 14,09 horas. De esa forma se enteraron del estado de salud de Candida y, entre otras, de las dolencias por las que había recibido tratamiento en el Servicio de Salud Mental, comentándolo entre ellas en el Gimnasio del Hospital, donde trabajaban como fisioterapeutas, haciéndolo en presencia de los pacientes a los