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AP Alicante, Sec. 2.ª, de 14 de diciembre de 2022. Recurso 56/2022

SP/AUTRJ/1167768
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 Se reduce la pena impuesta por la agresión sexual agravada de cinco a dos años, al ser la nueva pena más favorable al reo
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 La reducción de la pena de prisión por aplicación de ley penal más favorable conlleva también la accesoria de acercamiento y comunicación, de doce a nueve años
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por este Tribunal se dictó de fecha 16 de septiembre de 2022 n.º 333/2022 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que debemos condenar y condenamos a Gines:
1.- como autor de un delito de agresión sexual agravada, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a las penas de CINCO AÑOS DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a la accesoria de prohibición de acercamiento a Luisa, a cualquier lugar donde se encuentre. así como acercarse a su domicilio, a su lugar de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ella, a una distancia no inferior a 500 metros, y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual. por tiempo de DOCE AÑOS: y.
2.- como autor de un delito leve de lesiones, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de UN MES DE MULTA con una cuota con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
Imponemos a Gines la medida de LIBERTAD VIGILADA por tiempo de OCHO AÑOS, ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad.
Condenamos a Gines, al pago en concepto de resp