AP Pontevedra, Vigo, Sec. 6.ª, 474/2021, de 18 de noviembre. Recurso 384/2021
Ponente: JOSE FERRER GONZALEZ
SP/SENT/1129492
Complemento de sentencia que omite la atribución de la vivienda familiar que se hace al no custodio hasta liquidar gananciales dado que los menores residen en localidad distinta junto a la madre que dispone de otro inmueble
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Trasladados los cuatro menores, de entre 17 y 11 años, junto a la madre a Málaga y reconocido que están plenamente adaptados se autoriza su empadronamiento y se otorga a la madre la facultad de gestionar tarjea sanitaria y centro de salud
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No relatadas situaciones de violencia reciente y no estando pendiente proceso penal contra el padre no se suspenden las visitas de fin de semana con pernocta, si hay habitación adecuada; se deja a la voluntad de los hijos el traslado en vacaciones
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Considerando que se ha impuesto al padre la carga de los desplazamientos para las visitas con los menores, a pensión de alimentos a abonar por hijo se fija en 70 € al mes con retracción de sus efectos a la fecha de presentación de demanda
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Reconocido que la esposa dejó de trabajar tras nacer su primer hijo y que ahora ingresa solo 200 € al mes sin que conste aceptación de herencia mientras que el esposo obtiene 1400 € al mes, corresponde pensión compensatoria de 100 € mensuales
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ANTECEDENTES DE HECHO
UNICO. Controversia en segunda instancia.
1. En el Procedimiento de Divorcio que bajo el número 95/2017 se sigue ante el Juzgado de violencia sobre la mujer número 1 de DIRECCION001 se dictó sentencia de fecha 10 de diciembre de 2020 con el siguiente Fallo:
" Que en la demanda de divorcio interpuesta por Dª Elsa frente a D. Elias, y en la demanda de separación formulada por D. Elias frente a Dª Elsa, realizo los siguientes pronunciamientos:
I.- DECLARO DISUELTO, por divorcio, el matrimonio formado por Dª Elsa y D. Elias, celebrado el día 15 de julio de 2000, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.
II.- Las relaciones familiares quedan reguladas del siguiente modo:
1.- la GUARDA Y CUSTODIA de los hijos comunes menores de edad se atribuye a la madre Dª Elsa, siendo la PATRIA POTESTAD COMPARTIDA por ambos progenitores. Los hijos menores continuarán residiendo en Málaga en compañía de su madre.
2.- Se establece a favor del padre D. Elias el siguiente RÉGIMEN DE VISITAS para que pueda tener en sus hijos en su compañía:
- un fin de semana al mes, desde el sábado a las 10:00 horas hasta el domingo a las 20:00 horas, pudiendo los menores pernoctar con su padre, siempre y cuando el padre tenga habitación adecuada para sus hijos.