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TS, Sala Segunda, de lo Penal, 97/2017, de 17 de febrero. Recurso 10628/2016

Ponente: JOSE RAMON SORIANO SORIANO
SP/SENT/889833
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 Nada se opone a que en un supuesto concreto un Tribunal funde una condena en prueba indiciaria existiendo prueba directa exculpatoria
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Mataró incoó Procedimiento del Tribunal del Jurado núm.1/2011 por delito de asesinato contra Gustavo y por los delitos de encubrimiento y simulación de delito contra Debora , y una vez concluso lo remitió al Tribunal del Jurado constituido en el ámbito de la Audiencia Provincial de Barcelona, que con fecha 25 de febrero de 2016, dictó Sentencia núm. 11/16 , que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: " PRIMERO.- El acusado Gustavo , mayor de edad, sin antecedentes penales, estaba casado con Vanesa , viviendo en Vilassar de Dalt, en la CALLE000 nº NUM000 . En la madrugada del día 12 de noviembre de 2010, aprovechando; que Vanesa estaba en la cama, dormida, la atacó con un instrumento cortante y otro contundente, propinándole varias cuchilladas y golpes, que causaron fracturas y lesiones y provocaron la muerte de Vanesa por shock hipovolémico. SEGUNDO.- El acusado venía manteniendo una relación sentimental estable con la acusada Debora , mayor de edad y sin antecedentes penales. La acusada, teniendo conocimiento de que Gustavo había acabado con la vida de su mujer, con el fin de desviar las sospechas que recaían sobre el mismo respecto de la muerte de su esposa, presentó denuncia ante los Mossos d'Esquadra el día 25 de agosto del 2011, manifestando que había recibido dos cartas anónimas, con los textos siguientes: "GUAPA FELIZ CUMPLEAÑOS SERA EL ULTIMO TU Y EL NO SERAN FELICES HARE TODO PARA DESTRUIRLOS, A LOS DOS NADIE SABRA NADA LOS VOY