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AP Madrid, Sec. 24.ª, 1050/2021, de 20 de diciembre. Recurso 156/2020

Ponente: EMELINA SANTANA PAEZ
SP/SENT/1132009
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 Falta de idoneidad del padre acreditada por los informes psicológicos para desempeñar la curatela pese a que esta sea la voluntad manifestada por la persona necesitada de apoyo
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 Enumeración de actividades para las que se considera plenamente capaz a la interesada, nombramiento de curatela representativa del AMTA y asistencial del padre
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 Siendo la persona necesitada de apoyo joven se considera plazo adecuado para la revisión de las medidas adoptadas el de dos años
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
SEGUNDO.- Con fecha 12 de julio de 2019, por el Juzgado de Primera Instancia nº 78 de Madrid se dictó Sentencia con nº 160/2019, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por el Ministerio Fiscal DECLARO que Dña. Araceli no conserva capacidad para regir su persona y bienes y su sometimiento al régimen de tutela, designando como tutor a AGENCIA MADRILEÑA PARA LA TUTELA DE ADULTOS, sin que proceda efectuar expresa condena en costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndole saber que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de Apelación.
Una vez firme la presente resolución, líbrese comunicación al Ilmo. Sr. Juez Encargado del Registro Civil correspondiente, acompañando testimonio de la misma, a fin de que proceda a la anotación marginal en la inscripción de nacimiento de la demandada, debiendo remitir a este Juzgado testimonio del acta de la anotación practicada.
Asimismo, firme que sea la presente sentencia, fórmese pieza separada de tutela con testimonio de la misma, del certificado de nacimiento del incapaz así como del certificado de nacimiento, sometiéndose la tramitación y control de la tutela constituida a las normas de la Jurisdicción Voluntaria"
TERCERO.-