CARGANDO...

AP Navarra, Sec. 3.ª, 1400/2021, de 28 de octubre. Recurso 302/2021

Ponente: ILDEFONSO PRIETO GARCIA-NIETO
SP/SENT/1134197
Gestión Documental
 Procede dotar a la demandada de medidas de apoyo pues según su exploración y los informes médicos, psicosociales y periciales, padece deterioro cognitivo multifactorial progresivo e irreversible y carece de habilidades para tareas cotidianas
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Se designa curador para la salud y la administración de bienes a Fundación descartando a la sobrina pues vive lejos e interesó ingreso en residencia y no ayuda 24 horas que puede costear la demandada y al ahijado por desconfianza de la familia
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - Se aceptan los de la sentencia apelada.
SEGUNDO.- Con fecha 11 de diciembre del 2020, el referido Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Tudela dictó Sentencia en los autos de Juicio verbal especial sobre capacidad nº 146/2020 - 00, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
"ESTIMO la demanda formulada por el Ministerio Fiscal y DECLARO INCAPAZ TOTAL a Dª. Marisa para regir su persona y bienes, no pudiendo tampoco disponer mortis causa de sus bienes, quedando en lo sucesivo sujeta a tutela, ostentando el cargo de tutor a Dª. Miriam, que lo ostentará en toda la extensión, debiendo informar a este Juzgado acerca de la situación del tutelado y rendir cuentas de su administración por escrito durante los 20 primeros días del mes de enero de cada año en relación con la anualidad inmediata anterior.
La incapacidad declarada, podrá ser modificada en cualquier momento si variasen las circunstancias actuales.
Una vez firme esta resolución, inscríbase sin dilación en el Registro Civil donde conste inscrito el nacimiento del incapacitado.
ACUERDO que, una vez firme la presente sentencia queden sin efecto los autos de medias cautelares de 13 y 14 de mayo de 2020 así como el auto de 17 de noviembre de 2020, salvo, y respecto del auto de 13 de mayo de 2020 la medida 8ª en lo que se refiere a que Valeriano no puede aceptar dinero a