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Procuradores

AP Madrid, Sec. 21.ª, 102/2015, de 17 de marzo. Recurso 345/2014

Ponente: RAMON BELO GONZALEZ
SP/SENT/809987
Gestión Documental
 Procede acordar la nulidad de las actuaciones por no haberse suspendido la celebración de la vista hasta el nombramiento de abogado de oficio, en el proceso verbal de la persona que no cuenta con ingresos para litigar
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ANTECEDENTES DE HECHO
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de 1ª Instancia número 100 de Madrid, en fecha 27 de febrero de 2014, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda presentada por la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria s.a. representado por el Procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillen contra los ignorados ocupantes de la finca respecto a la finca nº NUM000 del Registro de la Propiedad nº 16 de Madrid, sita en la CALLE000 nº NUM001 , piso NUM002 , puerta NUM003 , Portal NUM004 , bloque NUM005 de Madrid, condenando a los demandados:
- A desalojar la citada finca, dejándola a la entera y libre disposición de su propietario la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria s.a. con apercibimiento de lanzamiento si no la desalojasen voluntariamente en el plazo de un mes desde que sean requeridos al efecto.
- Al pago de las costas causadas."
SEGUNDO.- Notificada la mencionada sentencia, contra la misma, se interpuso recurso de apelación, por la parte demandada, mediante escrito del que se dio traslado a la otra parte, que presentó escrito de oposición al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección, en la que se personó, en plazo, el apelante y ante la
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