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Procuradores

AP Barcelona, Sec. 19.ª, 187/2016, de 12 de mayo. Recurso 95/2015

Ponente: ASUNCION CLARET CASTANY
SP/SENT/869374
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 El parte médico hospitalario, no refleja que la recurrente padeciese enfermedad alguna invalidante, como para poder acordar la suspensión de la vista, cuya celebración se entiende correcta
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la resolución apelada es del tenor literal siguiente: " FALLO ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. José Antonio López-Jurado González, en nombre y representación de EUROSUN SISTEMAS S.L.., contra TAMESOL DESA S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Marta Pradera Rivero, y en consecuencia:
1.- CONDENO a TAMESOL DESA S.L. a pagar a la actora la cantidad de 155.095,90 euros.
2.- CONDENO a TAMESOL DESA S.L. a pagar a la actora respecto la cantidad de 100.590,50 euros los intereses legales desde el 28 de abril de 2011, y respecto la cantidad de 54.505,40 euros los intereses legales de demora regulados en la Ley 3/2004 desde el 17 de mayo de 2010.
3.- CONDENO a TAMESOL DESA S.L. al pago de las costas procesales derivadas de este procedimiento, declarando expresamente temeridad en su conducta procesal. "
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte litigante demandada, TAMESOL DESA SL, mediante su escrito motivado y a través de su representación procesal, dándose traslado a la parte litigante contraria actora, EUROSUN SISTEMAS, S.L., quien también mediante su escrito motivado y a través de su representación procesal formalizó oposición, elevándose finalmente las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para l
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