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Procuradores

AP Málaga, Sec. 6.ª, 371/2016, de 31 de mayo. Recurso 1116/2014

Ponente: NURIA AUXILIADORA ORELLANA CANO
SP/SENT/883084
Gestión Documental
 Lo procedente no era la declaración de rebeldía, sino la suspensión de la vista y la concesión a la parte de un plazo para la designación de nuevo letrado, al no constar notificada la renuncia y no haber podido contactar con su cliente la procuradora
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- El Juzgado de Primera Instancia número Tres de DIRECCION000 dictó Sentencia de fecha 15 de julio de 2014 , en el Juicio sobre Guarda, Custodia y Alimentos número 1063 de 2013, del que este rollo dimana, cuya Parte Dispositiva dice así: "FALLO:Que estimando como estimo la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Don Felix García Agüero en nombre y representación de Doña Natalia contra Don Marco Antonio , acuerdo:
I.-) Declarar que el ejercicio de la patria potestad sobre el hijo menor Evelio corresponde a ambos progenitores conjuntamente, atribuyendo la guarda y custodia a la actora Doña Natalia .
II.-) El padre, Don Marco Antonio tendrá derecho al siguiente régimen de visitas con el menor:
a) fines de semana alternos, comenzando por el siguiente al del día de la fecha, desde el viernes a las 15:00 horas de la tarde hasta el domingo a las 20:00 horas, fijándose como lugar de recogida el domicilio del menor. Los puentes se unirán al fin de semana correspondiente y los días de fiesta independientes corresponderán al progenitor con el que no vaya a pasar el siguiente fin de semana. El padre tendrá derecho a estar con su hijo dos tardes a la semana, la del lunes y la del miércoles, desde las 17:00 horas hasta las 20:00 horas.
b) en cuanto a las vacaciones estivales, se dividirán en dos periodos iguales que corresponderán cada uno a un progenitor, correspondiend
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