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Procuradores

AP Almería, Sec. 1.ª, 454/2016, de 13 de diciembre. Recurso 365/2016

Ponente: JUAN ANTONIO LOZANO LOPEZ
SP/SENT/899373
Gestión Documental
 Aunque la sentencia fijaba custodia materna aludiendo al interés del menor, éste no es una situación fáctica que necesite prueba, sino una regla de enjuiciamiento propia del Derecho de familia, suma de factores, siendo natural la custodia compartida
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 La invocación superficial al interés del menor no basta para denegar la custodia compartida y , en este caso, al enjuiciarse sobre las reglas del vacío probatorio, la sentencia no ha valorado el intreés del menor como digno de tutela
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 Dado que la juzgadora asume que ambos progenitores están capacitados y que en exploración el menor ha dicho querer ver más al padre, se fija custodia compartida, siendo la regla general, sin que afecten las malas relaciones entre los padres
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ANTECEDENTES DE HECHO
1.- Ante el Decanato de los Juzgados de Huércal-Overa, a 26 de marzo de 2015, la representación procesal de D. Florentino presentó demanda contra Dª Fermina , en solicitud de modificación de medidas definitivas establecidas en procedimiento de divorcio.
2.- Se afirmaba en la demanda que, a 26 de noviembre de 2013, se acordó el divorcio del matrimonio que formaba con la demandada, acordando que la guarda y custodia del menor común al matrimonio correspondiera a la madre. Solicitaba la guarda y custodia compartida de una semana en el domicilio de cada progenitor, en tanto que las partes viven en domicilios cercanos, ha devenido autónomo y puede dedicarse al cuidado del menor, al contrario que la madre, y el menor tiene ya 11 años y ha manifestado su deseo de estar con su padre.
3.- Se aportaba la siguiente documentación. sentencia de la Sección Segunda de esta Audiencia 242/2013, de 26 de noviembre , Sentencia de 18 de mayo de 2002 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Huércal-Overa y Auto de 16 de julio de 2012 del mismo Juzgado en procedimiento de jurisdicción voluntaria. Durante la tramitación del procedimiento, acta notarial de mensajería privada, certificado de empadronamiento y certificado de cartografía catastral.
4.- Consta contestación y oposición a la demanda por la demandada por los siguientes motivos. 1. un niño de 12 años necesita su estancia con su madre tal y como se acordó en escaso año y medio; 2
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