Procuradores
SP/SENT/906385
AP Badajoz, Mérida, Sec. 3.ª, 97/2017, de 25 de abril
Recurso 48/2017. Ponente: MARIA DOLORES FERNANDEZ GALLARDO.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Montijo, se dictó el día 2 de febrero de 2016, en el Procedimiento de Liquidación de Sociedad de Gananciales núm. 434/2013, sentencia, en cuyo FALLO se acordaba:
"Que debo modificar el inventario presentado por el procurador Sr. Álvarez Cuadrado, en nombre y representación de Dª Rocío frente a don Felipe representado por el procurador Sr. De la Calle Pato, en el siguiente sentido:
Incluir en el activo de la sociedad de gananciales:
El punto 1 del inventario presentado por la demandante incluyendo el existente en la cocina y en el dormitorio principal en base a lo antedicho en la letra A del fundamento de derecho segundo.
El punto 2 por no ser objeto de controversia.
Incluir en el pasivo de la sociedad de gananciales:
El punto 2 del inventario por no ser objeto de controversia.
El punto 4 en base a lo expuesto en la letra B y C del fundamento de derecho segundo.
El punto 5 en base a lo expuesto en la letra D del fundamento de derecho segundo incluyendo los impuestos de vehículo de tracción mecánica de los años 2010 a 2016, así como, los que se sigan devengando sobre el citado vehículo en años posteriores y hasta que haga frente a los mismos el esposo.
No se hace especial pr