Procuradores
SP/SENT/947857
AP Madrid, Sec. 13.ª, 45/2018, de 2 de febrero
Recurso 537/2017. Ponente: MARIA DEL CARMEN ROYO JIMENEZ.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 64, de Madrid, en fecha cinco de abril de dos mil diecisiete, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: DESESTIMO la demanda formulada por la Procuradora Dª SUSANA CLEMENTE MARMOL en nombre y representación de Dª Gregoria contra "LLAVALLOL PERITACIONES S.C." representada por la Procuradora Dª MARIA JESUS MARTIN LOPEZ, y en su consecuencia absuelvo a la expresada demandada de las pretensiones dirigidas contra ella en este proceso. Se imponen las costas a la parte actora.".
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha 3 de agosto de 2017 , para resolver el recurso.
TERCERO.- Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Asuntos, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente resolución el día 31 de enero de 2018 .
CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 64 de Madrid se tramitó el procedimiento de juicio verbal nº 85/2015 a instancias de Dª Gregoria , frente a Dª María Antonieta en reclamación de 5 222,59 €;. La parte actora amplió la demanda frente a LLAVALLOL PERITACIONES SC. en reclamación de la misma cuantía, desistiendo de la demanda frente a la Sra. María Antonieta .
Por Decreto de 8 de octubre del 2015, se tuvo a la parte desistida de la demanda frente a la Sra. María Antonieta , prosiguiendo las actuaciones frente a la nueva demandada LLAVALLOL PERITACIONES señalando juicio para el día 28 de marzo del 2017 al que fueron citadas todas las partes.
Al acto de juicio compareció la parte actora mediante su representación procesal con la procuradora Dª VIRGINIA CAMACHO VILLAR, sin que lo hiciera la letrada de la parte actora, sin motivo que lo justificara. Igualmente compareció la parte demandada debidamente representada, y alegó que interesaba la celebración del juicio, por lo que se prosiguió practicándose las pruebas propuestas.
La sentencia dictada fue desestimatoria de la demanda estimando la falta de legitimación activa, pues la actora reclamaba los gastos de comunidad de una plaza de garaje que tenía adjudicada su difunto ex marido, la nº NUM000 de la Comunidad de CALLE000 de Madrid, y lo hacía en base a que dicha plaza de garaje estaba dentro del activo del inventario de la liquidación de gananciales