Asesor Fiscal
SP/DOCT/73097
Preguntas y Respuestas. Diciembre 2017
¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 232?
Departamento Jurídico de Sepín Fiscal
Estarán obligados a presentar el modelo 232 y a la declaración de las operaciones efectuadas con personas o entidades vinculadas y/o de la información relativa a operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la renta de no residentes que actúen mediante establecimiento permanente, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, que realicen las siguientes operaciones con personas o entidades vinculadas:
a) Aquellas realizadas con la misma persona o entidad vinculada en conjunto y en el período impositivo superen los 250.000 euros de acuerdo con el valor de mercado.
b) Operaciones específicas que se realicen:
1. Con personas físicas que tributen en estimación objetiva que la participación individual o conjuntamente con sus familiares sea = 25 % del capital o fondos propios.
2. En transmisión de negocios, valores o participaciones en los fondos propios de entidades no admitidos a negociación o admitidos en paraísos fiscales.
3. En transmisión de inmuebles y operaciones sobre intangibles.
Siempre que el importe conjunto de cada una de estas operaciones en el período impositivo supere los 100.000 euros.
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