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Penal

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 474/2016, de 2 de junio. Recurso 1582/2015. Con Comentarios

Ponente: ALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO
SP/SENT/857643
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 Derecho a no declarar contra sí mismo (Doctrina Murray)
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ANTECEDENTES DE HECHO
1.- El Juzgado de Instrucción número 4 de San Cristóbal de La Laguna instruyó Procedimiento Abreviado 2371/09, por delito de apropiación indebida contra Concepción , y lo remitió a la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife cuya Sección Quinta dictó en el Rollo de Sala 34/15 sentencia en fecha 30 de junio de 2015 con los siguientes hechos probados:
"Probado y así se declara que:
1°.- A mediados del mes de octubre de dos mil cinco, doña Ana (nacida el NUM000 /1.925) sufrió una caída en su domicilio de la C/ DIRECCION000 n° NUM001 de La Laguna y fue hospitalizada en la clínica La Colina, en Santa Cruz de Tenerife, donde estuvo ingresada hasta el día veintitrés de diciembre de dos mil cinco. Después de esta fecha se trasladó a la Residencia Virgen de Begoña, en Santa Cruz de Tenerife, donde permaneció hasta que falleció el día trece de septiembre de dos mil doce.
2°.- Debido a su estado físico y a su avanzada edad, doña Ana otorgó el día diez de noviembre de dos milcinco un poder notarial general a favor de sus sobrinas, la acusada Concepción , residente en el municipio de La Laguna, y Antonieta , profesora de profesión, quien residía en Salamanca hasta que obtuvo el traslado a la Isla de Tenerife en el año 2007. Siendo así que otorgado el citado poder, la administración del patrimonio de la otorgante se realizó de facto por la acusada, que lo hizo sin contar con el conocimiento de su prima.
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